Ayuntamiento
Exposición pública padrones-listas cobratorias Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana y Rústica 2022
AYUNTAMIENTO DE VEGA DE PAS
CVE-2022-6352 Aprobación, exposición pública de los padrones-listas cobratorias del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana y Rústica para 2022, y apertura del periodo voluntario de cobro.
Aprobados por Resolución de esta Alcaldía dictada con fecha de 9 de agosto de 2022, los padrones y listas cobratorias del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana y Rústica, referidos todos ellos al ejercicio de 2022, a efectos tanto de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisión de los mismos a trámite de información pública, por medio del presente anuncio, se exponen al público, por el plazo de quince días hábiles, a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones tengan por convenientes.
Contra el acto de aprobación de los citados padrones y de las liquidaciones incorporadas
podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía Presidencia en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a de finalización del término de exposición pública, de acuerdo con cuanto establece el artículo 14 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3o de la Ley 58/2003, de 17 de diciem- bre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en período voluntario durante el período comprendido del 1 de septiembre de 2022 al 31 de octubre de 2022, los recibos domiciliados serán cargados el día 20 de octubre de 2022. Los contribuyentes que hayan recibido el aviso de pago podrán pagarlo presentando el mismo en las oficinas de la entidad bancaria Unicaja o Banco Santander.
Los contribuyentes que no hayan recibido el aviso de pago podrán informarse en las oficinas municipales 942 595 053 de 9:00 a 14:00 horas, en el servicio de Recaudación 942 896 856 o en cualquier oficina de Unicaja o Banco Santander para gestionar la forma de pago.
Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda se iniciará el período ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio.
Asimismo, se podrá hacer uso de la domiciliación en entidades de crédito según lo dispuesto en los artículos 25 y 38 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por R.D. 939/2005, de 29 de julio.
2022/6352
Vega de Pas, 9 de agosto de 2022. El alcalde,
Juan Carlos García Diego.
Exposición pública matricula provisional Impuesto Actividades económicas 2022
AYUNTAMIENTO DE VEGA DE PAS
Exposición pública Impuesto actividades económicas 2022
Formada por la Agencia Estatal de Administración Tributaria la matrícula provisional del I.A.E. de este Ayuntamiento correspondiente al ejercicio de 2022 y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 90.1o del Real Decreto Legislativo 2/2004 LHL y artículo 3 del R.D. 243/1995, estará a disposición de los interesados a efecto de examen y reclamaciones, en la oficina de este Ayuntamiento en horario de atención al público, exponiéndose por espacio de veinte días hábiles a contar desde el día hábil siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Cantabria.
La inclusión o exclusión de un sujeto pasivo y la alteración de cualquiera de los datos a los que se refiere el artículo 2.2o del R.D. 243/1995 constituyen actos administrativos contra los que caben interponer recurso potestativo de reposición ante la Administración Tributaria del Estado en el plazo de un mes o, reclamación económica-administrativa ante este Tribunal Provincial en el plazo de 15 días, desde la finalización del periodo de exposición pública que ahora se anuncia.
2022/6353
Vega de Pas, 9 de agosto de 2022. El alcalde,
Juan Carlos García Diego.
Vega de Pas ya tiene en marcha Vía Ferrata
Vega de Pas acaba de estrenar en Aguasal (Pandillo) la primera de las tres vías ferratas que tiene proyectado hacer.
La vía ferrata de Aguasal ya está activa desde hace unos días. Es la instalación más accesible de las tres proyectadas por el Consistorio pasiego hacia las montañas del impresionante Castro Valnera. La de Aguasal salva un desnivel de 140 metros y tiene un recorrido de 195 metros. La línea de vida es de cable de diámetro de 10 milímetros y peldaños de 16. Todos los anclajes cumplen las normativas aplicadas a este tipo de instalaciones. Para usar la vía ferrata es necesario tener al menos 14 años y utilizar casco, arnés, disipadores de energía, calzado de montaña y ropa apropiada a las condiciones climatológicas.
El alcalde pasiego, Juan Carlos García Diego, indicó que realizaran otras dos vías y el aparcamiento para autocaravanas.
La ejecución ha sido realizada por a la empresa (Monte Zalama S. L. )
La vía ferrata ha sido financiado al 50% por el Ayuntamiento y el otro 50% (15.753 euros) proceden de fondos que han sido sufragados con ayuda de los fondos europeos que reparte la Consejería de Desarrollo Rural entre los distintos Grupos de Acción Local (GAL). Vega de Pas apostó por presentar este proyecto a la convocatoria de Valles Pasiegos que se sustenta con la hucha del leader, pero también con aportaciones económicas de los propios consistorios que forman parte del GAL de marca pasiega.
Proyecto ejecutado por el Ayuntamiento de Vega de Pas, la parte de ayudas LEADER ha sido cofinanciado por el programa FEADER (80%), MAPAMA (6%) y el Gobierno de Cantabria (14%) con un presupuesto de 15.730,00€.

Información pública presupuesto definitivo 2022
AYUNTAMIENTO DE VEGA DE PAS
Información pública Expediente construcción Vía Ferrata Churrón de Aguasal
AYUNTAMIENTO DE VEGA DE PAS
Aprobación definitiva del expediente de modificación presupuestaria 2/2022.
CVE-2022-5982
El Pleno del Ayuntamiento de Vega de Pas, en sesión extraordinaria y urgente celebrada por su Corporación el día 23 de junio de 2022, acordó la aprobación inicial del expediente de modi- ficación no 2 dentro del vigente presupuesto general para 2022. Expuesto anuncio en el B.O.C. no 126/30 de junio de 2022, no se presentó reclamación alguna por lo que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.3o por remisión del 179.4o del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, se publica el siguiente resumen por capítulos del expediente definitivamente aprobado:
Vega de Pas, 24 de julio de 2022. El alcalde,
Juan Carlos García Diego.
Información pública cambio uso, acondicionamiento y reforma estación Yera
AYUNTAMIENTO DE VEGA DE PAS
Información pública Expediente construcción Vía Ferrata Churrón de Aguasal
AYUNTAMIENTO DE VEGA DE PAS
Información pública de solicitud de autorización para cambio de uso y acondicionamiento y reforma de la estación de Yera en Portilla.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 116. de la Ley 2/2001 de 25 de junio de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria, se somete a información pública por un periodo de 15 días contado a partir del día hábil siguiente al de la inserción de este anuncio en el BOC, el expediente promovido Consejería de Industria, Turismo, Innova- ción, Transporte y Comercio con CIF S3933002B, para «Cambio de uso y acondicionamiento y reforma de la estación de Yera», en Portilla, Polígono 6, Parcela 95, Referencia Catastral 39097A006000950000AS en el término municipal de Vega de Pas.
boc núm 143 – 2022/5795
Vega de Pas, 15 de julio de 2022. El alcalde,
Juan Carlos García Diego.
Aprobación Ordenanza Funcionamiento y Utilización Vía Ferrata Aguasal en Pandillo
AYUNTAMIENTO DE VEGA DE PAS
Información pública Expediente construcción Vía Ferrata Churrón de Aguasal
Atendiendo al principio de autonomía local y las competencias que le corresponden a las entidades locales conforme a los artículos 4.1o y 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de las Bases del Régimen Local se contiene en la presente Ordenanza el Reglamento de Funcionamiento y Utilización de la Vía Ferrata «Aguasal», que tiene por finalidad acoger dentro del término municipal de Vega de Pas, una actividad recientemente en expansión, como son las vías ferratas.
Una vía ferrata es un itinerario vertical u horizontal equipado de diverso material: clavijas, grapas, presas, pasamanos, cadenas, puentes colgantes o tirolinas, que permiten llegar con seguridad a zonas de difícil acceso para senderistas o no habituados a la escalada.
Estos senderos de hierro o de escalones, que en un primer momento sirvieron como acceso a puntos estratégicos militares, se han convertido en la época actual en un factor dinamizador del turismo rural y de montaña, acercando al visitante a enclaves de especial valor paisajístico, en convivencia con la naturaleza y el desarrollo sostenible, en un municipio cuya excepcional ubicación entre los montes de la Comarca Pasiega, lo hace especialmente propicio para el desarrollo de este tipo de actividades.
ARTICULADO
PRIMERO: OBJETO. El objeto de la presente Ordenanza es la regulación del funcionamiento y utilización de la «Vía Ferrata Aguasal» emplazada en Pandillo, en el término municipal de Vega de Pas. El plano de los distintos recorridos se recogerá a través de la web de esta entidad local https://vegadepas.com/. El plano de las instalaciones y sus distintos niveles se mantendrá actualizado incluyendo las futuras modificaciones.
SEGUNDO: GESTIÓN. La Vía Ferrata Aguasal, es una instalación propiedad del Ayunta- miento de Vega de Pas, que, a partir de su puesta en funcionamiento, quedará libre de utilización para todos aquellos usuarios, bajo su única y exclusiva responsabilidad de uso, conforme a las normas generales de utilización de este tipo de instalaciones, normas de seguridad de este Reglamento, y lo dispuesto en la información de la web habilitada al efecto.
TERCERO: ACCESO A LA VÍA FERRATA. Se considera un único punto de acceso a la Vía Ferrata Aguasal el camino actual desde La Estribera hasta el Aguasal, quedando prohibido el acceso por cualquier otro punto del recorrido.
CUARTO: NORMAS DE UTILIZACIÓN DE LOS USUARIOS Y DE SEGURIDAD. La utilización de la vía ferrata es LIBRE y GRATUITA, para todos los usuarios. El acceso a la vía ferrata puede realizarse con o sin guía. Todas las personas que realicen la actividad deben utilizar el material obligatorio (casco, arnés, cabo de anclaje con disipador de energía y mosquetones) y bajo su responsabilidad.
En ningún caso, el ayuntamiento de Vega de Pas asumirá responsabilidad alguna en el in- cumplimiento de esta u otras medidas de seguridad por los usuarios.
QUINTO: RECOMENDACIONES DE SEGURIDAD Y USO. El usuario debe ser consciente del riesgo de la actividad y actuar en todo momento con prudencia y responsabilidad.
La información, formación y precaución son bases imprescindibles para el correcto desarrollo de la actividad. Habrá que tener en cuenta las siguientes obligaciones y recomendaciones:
— Es obligatorio el uso de casco, arnés específico para vía ferrata y disipador con mosque- tones homologado. Además, se recomienda el uso de botas de montaña, ropa cómoda y llevar agua y comida.
— No hay que asegurarse a un tramo del cable de seguridad si otra persona ya está asegurada en él. Se debe esperar a que esa persona llegue al siguiente tramo.
— Escalar y caminar con cuidado, de forma que se evite la caída de piedras, puesto que puede haber otras personas realizando el recorrido. Avisar en caso de tirar una piedra accidentalmente.
— No correr durante el desarrollo de la actividad ni realizar adelantamientos.
— No se debe abandonar el itinerario para progresar por otras zonas, excepto en aquellas habilitadas para ello (vías de escape).
— Respetar en todo momento el entorno que rodea la vía ferrata.
— Respetar todas las instalaciones.
— Seguir en todo momento las indicaciones de los paneles indicadores.
— No tirar basura, mantener la zona limpia.
— No gritar.
— Respetar la flora y fauna de la zona.
— Se recomienda no realizar la actividad a personas con vértigo.
— Se recomienda no realizar la actividad a menores de 10 años. Todos los menores deberán ir acompañados de un tutor legal.
— Todas las personas que realicen la actividad sin guía lo hacen bajo su exclusiva responsabilidad, debiendo en todo caso cumplir las normas de seguridad.
— Consultar la previsión meteorológica antes de salir.
En caso de tormenta:
— Alejarse de cimas y aristas.
— No utilizar dispositivos eléctricos.
— Alejarse de las piezas metálicas, pero mantenerse asegurado para evitar una posible caída.
— Mantener un mínimo de 3 metros de separación entre las personas.
— Aislarse del suelo y de la pared (utilizando la mochila o la cuerda) y mantener una postura en forma de bola.
— Realizar el itinerario en compañía de personas expertas.
— Conocer y cumplir en todo momento las recomendaciones de uso y de seguridad.
— Cumplir en todo momento las indicaciones del guía (en caso de realizar la actividad con el mismo).
— Escoger un itinerario adecuado a la condición física de los practicantes.
— Respetar las limitaciones de los distintos niveles y grados de dificultad.
— Descansar periódicamente a lo largo del desarrollo de la actividad.
— Se desaconseja realizar la actividad a personas con vértigo, y problemas cardiacos. — Se prohíbe el acceso a la Vía Ferrata en periodo nocturno.
— El número máximo de usuarios simultáneos en el puente es de una persona.
SEXTO: EMPRESAS EXTERNAS. Otras empresas cuya actividad sea el desarrollo de actividades de ocio y tiempo libre en el medio natural, bajo su exclusiva responsabilidad, podrán realizar la actividad en la vía ferrata gratuitamente, guiando a particulares de forma ajena al Ayuntamiento, siempre y cuando cumplan lo siguiente:
— Cumplimiento estricto de la normativa aplicable a vías ferratas.
— Disponer de Seguros de Responsabilidad Civil y Accidentes vigentes.
— Asesorar adecuadamente a todos los usuarios en el cumplimiento de las directrices señalada en el presente Reglamento de Uso y la web citada.
— Mantener un orden de uso natural, durante los días en que la Vía esté a pleno rendimiento, garantizando la seguridad a los usuarios anteriores y posteriores.
DISPOSICIÓN FINAL. La presente Ordenanza entrará en vigor a los quince días de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de Cantabria de conformidad con los artículos 65.2o y 70.2o de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
2022/4089
Vega de Pas, 25 de mayo de 2022.
El alcalde,
Juan Carlos García Diego.
Información Pública Vía Ferrata Churrón Aguasal
AYUNTAMIENTO DE VEGA DE PAS
Información pública Expediente construcción Vía Ferrata Churrón de Aguasal
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 116.1 b) de la Ley 2/2001, de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria, se somete a información pública por período de quince días hábiles, contado a partir del día siguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de Cantabria, el expediente promovido por el Ayuntamiento de Vega de Pas para la construcción de una vía ferrata Churrón de Aguasal, sita en la localidad de las Garmas, polígono 11, parcela 4 (ref. catastral 39097A011000040000AK) del municipio de Vega de Pas.
La documentación correspondiente queda expuesta durante dicho plazo en la Secretaría del Ayuntamiento de Vega de Pas en horario de oficina para que pueda ser examinado y, en su caso, se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Vega de Pas, 19 de abril de 2022. El alcalde,
Juan Carlos García Diego.
Información Pública Vía Ferrata Castro Valnera
AYUNTAMIENTO DE VEGA DE PAS
Información pública Expediente construcción Vía Ferrata Castro Valnera, Las Garmas
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 116.1 b) de la Ley 2/2001, de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria, se somete a información pública por período de quince días hábiles, contado a partir del día siguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de Cantabria, el expediente promovido por el Ayuntamiento de Vega de Pas para la construcción de una vía ferrata y refugio vivac «Castro Valnera», sita en la localidad de las Garmas, polígono 11, parcela 4 (ref. catastral 39097A011000040000AK) del municipio de Vega de Pas.
La documentación correspondiente queda expuesta durante dicho plazo en la Secretaría del Ayuntamiento de Vega de Pas en horario de oficina para que pueda ser examinado y, en su caso, se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Vega de Pas, 19 de abril de 2022. El alcalde,
Juan Carlos García Diego.
Información Ordenanza Vía Ferrata Augasal Pandillo
AYUNTAMIENTO DE VEGA DE PAS
Información pública de la aprobación inicial de la Ordenanza reguladora del Reglamento de Funcionamiento y Utilización de la Vía Ferrata Aguasal en Pandillo
En la Secretaría-Intervención de este Ayuntamiento y a los efectos del artículo 49.b) de la L.B.R.L., se halla expuesto al público el acuerdo provisional adoptado por el Pleno de esta Corporación en sesión ordinaria celebrada el día 31 de marzo de 2022, en relación al siguiente expediente:
— Aprobación inicial de la Ordenanza reguladora del Reglamento de Funcionamiento y Uti- lización de la Vía Ferrata «Aguasal» en Pandillo.
Los interesados legítimos a que hace referencia el artículo 4 de la Ley 39/2015, podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas con sujeción a las siguientes normas:
a) Plazo de exposición pública: Treinta días hábiles a partir del siguiente a la fecha de pu- blicación de este anuncio en el BOC.
b) Oficina de presentación: Ante el Ayuntamiento.
c) Órgano ante el que se reclama: El Pleno Corporativo.
En el supuesto de que no se presentare reclamación o sugerencia alguna, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo provisional, sin necesidad de nuevo y expreso acuerdo plenario, publicándose entonces el texto íntegro del articulado definitivamente modificado.
Vega de Pas, 1 de abril de 2022. El alcalde,
Juan Carlos García Diego.







